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Versatilidad de la mediación y su aplicabilidad en épocas de crisis

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Este instrumento jurídico está dentro de la cultura de paz, en donde las partes son las protagonistas de su propia solución. En tiempos de crisis son instrumentos de alto beneficio e impacto.

Foto: Pressfoto – Freepik.es

Es evidente que resulta desgastante ahondar en el tema del Covid-19 en medio de la crisis en la que nos encontramos inmersos. Sin embargo, es momento de sustituir esa visión negativa de la crisis por la de un presente esperanzador que nos invite a ser creativos y buscar oportunidades para avizorar soluciones reales, prácticas y tangibles para restructurar familias, empresas, relaciones comerciales y, en fin, todos aquellos aspectos que han sido afectados y que pueden ser transigibles según la legislación ecuatoriana. 

Cuando nos referimos a la Mediación como un instrumento para la gestión y solución de conflictos, omitimos una de sus notables fortalezas como un medio preventivo de solución de conflictos que busca resguardar y mantener las relaciones existentes, generando caminos de diálogo y comunicación entre las partes y empatizando en las diferencias culturales, económicas, políticas e ideológicas que originan y acrecientan muchos conflictos. 

Tomemos como uno de tantos ejemplos a las empresas familiares. Sabemos que son pocas las que sobreviven al traspaso generacional, ya que los puntos que suelen manejarse de manera prioritaria se remiten a facetas jurídicas y económicas, dejando rezagados los aspectos emocionales que esta transición conlleva. Pero es diferente si nos apoyamos en la mediación para gestionar de manera integral este proceso, para que, con la ayuda de un tercero experto, se trabajen lineamientos familiares para el futuro de la empresa y de la familia.

Ahora bien, ¿cuándo la podemos aplicar? ¿Cuáles son sus beneficios? ¿Por qué decidirnos por la Mediación entre tantas alternativas existentes en el mercado? Fácil, es una técnica de negociación dotada de atributos sensibles para el ser humano y que prioriza la cultura de paz en donde las partes son las protagonistas de su propia solución en aras de conseguir acuerdos que satisfagan sus necesidades y que, gracias a su materialización en el Acta de Mediación, se le otorga un reconocimiento jurídico de sentencia ejecutoriada y cosa juzgada según lo establece el Código Orgánico General de Procesos, brindándoles a las partes la seguridad jurídica que necesitan.

Hay varios ámbitos en que se permite la aplicabilidad de la Mediación, en el área familiar se pueden abordar temas de tenencia de menores, régimen de visitas, pensión de alimentos y disolución de la sociedad conyugal, entre otros; en el campo empresarial y laboral hablamos de incumplimientos de contratos (construcción, prestación de servicios, compraventas, fideicomisos, liquidaciones laborales, etc.); en la esfera societaria se abordan temas de  transacción de acciones o cesión de participaciones, liquidación de compañías, fusiones y escisiones; y en inquilinato, por ejemplo, nos encontramos con casos sobre irregularidades e incongruencias en los contratos de inquilinato, rompimientos de las relaciones entre el  arrendador y el arrendatario,  etc.

La Ley de Arbitraje y mediación del Ecuador entró en vigencia en el año 1997 y se publicaron sus reformas en el Registro Oficial 417 de 14 de diciembre de 2006. Es muy clara en reconocer la confidencialidad de la Mediación y en legitimar la actuación del Mediador como facilitador en el proceso, quien actuará siempre respetando los principios de imparcialidad y neutralidad y exigiendo como requisito sine qua non la existencia de la voluntariedad de las partes para poder iniciar con este tipo de procesos alternativos de solución de conflictos.Invito a las personas y/o empresarios a que apuesten por la Mediación como un método extrajudicial de prevención y resolución conflictos, seguro, efectivo, que promueve un ambiente de diálogo y entendimiento en donde no hablamos de ganadores y perdedores, sino que la solución, en tanto que es generada por las propias partes, será válida y aceptada por ellas, posibilitando la continuidad y la efectividad de los acuerdos. 

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2 Comentarios

  1. Saludos

    Quizás a la primera lectura, podríamos pensar que se va a solucionar un conflicto de familia, pero luego se enfatiza el conocimiento de la mediación en ubicar las bases de una mejor organización de los activos y futuras decisiones de una empresa de grupo familiar para que, primer el interés colectivo del Ente Moral que las emociones del ser humano. Hay que apostar por la Mediación.

    Gracias por la publicación de este artículo

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  2. Vanessa García 02/07/2020

    Excelente artículo nos hace conocer la importancia que tiene la Mediación para resolver conflictos de manera extrajudicial en distintas situaciones, primando las buenas relaciones de la partes a base de diálogo y respeto.
    Siendo los principios del mediador la imparcialidad y neutralidad son factores de confianza para que las partes voluntariamente decidan solucionar un conflicto mediante la Mediación.

    Responder

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