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¿Qué quieren cambiar en la Constitución?

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La Corte Constitucional recibió una propuesta de reforma parcial a la Constitución, presentada por el Comité por la Institucionalización Democrática, mediante la cual se busca eliminar el Consejo de Participación Ciudadana, volver al sistema bicameral y darle independencia a la Fiscalía General.

Fotos: Cristina Vega – API

Las preguntas
Son dos las preguntas planteadas a la Corte Constitucional. La primera para suprimir el Consejo de Participación Ciudadana y reformar el Poder Legislativo; la segunda para establecer la independencia de la Fiscalía General de Estado. La primera pregunta incluye el anexo 1 que comprende un verdadero trasatlántico que lleva la reforma de unos 20 artículos de la Constitución.

La primera pregunta: Con la finalidad de establecer la independencia y el control entre las funciones del Estado, ¿está usted de acuerdo con eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y que se transfieran las facultades de designación de autoridades a la Función Legislativa, organizándose esta a través de un sistema bicameral de conformidad con el Anexo 1?

La segunda pregunta: Con la finalidad de fortalecer la fiscalización, ¿está usted de acuerdo que se reforme la Constitución para que la Fiscalía General del Estado sea independiente frente a la Función Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo 2?

El llamado Comité por la Institucionalización Democrática, autor del proyecto de reforma parcial de la Constitución, es el retorno al mecanismo de Comisión de Notables, utilizado varias veces en circunstancias de perplejidad política. El actual Comité está integrado por:

  • Rosalía Arteaga Serrano, abogada y exvicepresidenta del Ecuador
  • Pablo Dávila Jaramillo, abogado y exmiembro del Consejo de Participación Ciudadana Transitorio
  • Simón Espinosa Cordero, profesor, periodista y miembro de la Comisión Nacional Anticorrupción
  • José Ayala Lasso, abogado, exministro de Relaciones Exteriores del Ecuador 
  • Gustavo Noboa Bejarano, abogado, expresidente del Ecuador
  • Hernán Pérez Loose, abogado, columnista del diario El Universo
  • Darwin Seraquive Abad, abogado, exsecretario del Consejo de Participación Ciudadana Transitorio

La eliminación del Consejo de Participación Ciudadana
Este Comité sostiene que el Consejo de Participación Ciudadana debe ser eliminado porque constituye un peligro para la democracia, pues concentra poder y constituye un obstáculo para la participación ciudadana al estatizar los derechos de los ciudadanos. Este Consejo, que no existe en otros países democráticos,  fue creado por la Asamblea Constituyente para propiciar la participación ciudadana, investigar los actos de corrupción y designar autoridades de control.

Los comisionados consideran que el Consejo de Participación Ciudadana resultó un fracaso  porque no se despolitizó la designación de autoridades de control ni prevaleció la meritocracia. Por ello, propone la eliminación del Consejo y retornar a la Función Legislativa la designación de los titulares de los organismos de control, pero reestructurando el Poder Legislativo para recuperar el sistema bicameral que permita la designación de autoridades basado en la meritocracia, impugnación ciudadana y veeduría.

Los artículos que la Comisión propone modificarlos son todos los que se refieren a las funciones del Consejo Participación Social. Son los siguientes: 204, 206, 207, 208, 209 y 210.

El retorno al sistema bicameral
Aunque la pregunta que se plantea  tiene apariencia de simplicidad, el contenido del anexo implica numerosas reformas a la Constitución que involucran dos decenas de artículos que cambian sustancialmente la propia Constitución y el ejercicio de la Función Legislativa.

La Asamblea Constituyente de Montecristi decidió establecer un sistema unicameral para agilitar la expedición de leyes. El desprestigio del Congreso Nacional había llegado tan lejos que se planteó la necesidad de cambiar su nombre por el de Asamblea Nacional con la esperanza de proyectar una nueva imagen de la Función Legislativa. En los debates de la Constituyente se estableció como causas del desprestigio del Congreso la corrupción, el bajo rendimiento legislativo, las pugnas internas en la designación de funcionarios y el uso de la tarea de fiscalización para obtener prebendas personales.

Foto: Flickr Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional no ha podido corregir los vicios señalados y ha añadido otros como el de convertir a la Asamblea en apéndice del Ejecutivo, falta de independencia en su trabajo, baja calidad de los legisladores, reducción de la capacidad de fiscalización.

La Comisión de Notables considera que el sistema unicameral ha provocado parálisis cuando había discrepancias entre mayoría Legislativa y Ejecutivo, o sumisión cuando la mayoría era afín al Ejecutivo. En este caso desaparece la fiscalización y las leyes son mayoritariamente de iniciativa presidencial.

Se propone el retorno al sistema bicameral como remedio porque las dos cámaras establecen un doble examen y la posibilidad de que el Senado corrija las precipitaciones de la Cámara baja. También mejora el control interno del poder legislativo y se evita que se rompa la separación de poderes, a favor o en contra del Presidente de la República.

El Senado, señalan, apoyaría también la creación de líderes nacionales. Propone la elección de 30 senadores elegidos de listas nacionales y mantiene, en la elección de los miembros de la Cámara de Representantes, la mezcla de representación de partidos y territorial con un representante por cada provincia más uno por cada 200 000 habitantes. También propone que los Senadores duren cuatro años y los Asambleístas solo dos años.

Curiosidades del proyecto

  • Entre las curiosidades que propone el proyecto está la eliminación de los asambleístas suplentes. “En caso de ausencia definitiva o suspensión de los Asambleístas titulares, se llamará al siguiente candidato más votado para su reemplazo”.
  • Otra curiosidad establece que no podrán ser asambleístas quienes “hayan sido llamados a juicio penal, mientras no exista sentencia absolutoria”. Tampoco pueden ser candidatos quienes “registren responsabilidad o deudas en firme a favor de la Administración Pública, determinadas por la Contraloría General del Estado”. Si se incurre en esta condición después de la elección, serán suspendidos inmediatamente en el ejercicio de sus funciones.
  • Los representantes de los ecuatorianos residentes en el exterior se reducen a dos que deberán ser elegidos entre todas las circunscripciones. Los residentes en el exterior pueden participar en la elección de senadores pero de entre las listas presentadas.
  • Informe semestral. “El representante de los partidos o movimientos políticos de la Asamblea Nacional que no participen del gobierno, asistirá a la convocatoria semestral que efectuará el Presidente de la República para informar sobre el manejo de la política pública nacional”.
  • Los senadores deben haber cumplido 35 años al momento de la inscripción de su candidatura y tener título de educación superior de tercer nivel.

La independencia de la Fiscalía General de la Nación
Además de cambiar el nombre a esta función se declara que es “un órgano autónomo único e indivisible, funcionará de forma desconcentrada y tendrá autonomía administrativa, económica y financiera”.

El Fiscal General de la Nación será designado por el Senado de ternas enviadas por el pleno de la Corte Nacional de Justicia y por las Universidades. Durará seis años en su cargo y no podrá ser reelegido.

Para cumplir sus funciones, la Fiscalía organizará y dirigirá un sistema especializado integral de investigación, de medicina legal y ciencias forenses, que incluirá un personal de investigación civil y policial; dirigirá el sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes en el proceso penal.

Si es aprobado por la Corte Constitucional, el siguiente paso es obtener del Consejo Nacional Electoral los formularios para recoger las firmas de respaldo a las preguntas planteadas. Luego se presentará a la Asamblea Nacional que iniciará el primer debate del proyecto de reformas. Para el segundo debate que exige la ley deberá esperar un año. Para entonces, el país estará en campaña electoral y los Asambleístas estarán pensando en las conveniencias electorales del proyecto.

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