El manual de la reforma económica que plantea el Gobierno
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Ya aparecen las voces a favor y en contra de la propuesta de Lenín Moreno. Aquí puede conocer qué contiene este proyecto con el que esperan recaudar USD 500 millones… USD 200 millones menos que antes.

El presidente Lenín Moreno y el ministro de Economía, Richard Martínez, quieren poner toda la carne en el asador. Enviaron el proyecto de reforma económica a la Asamblea Nacional para que lo discuta y cruzan los dedos para que se apruebe.
Este proyecto normativo tiene el nombre de Ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria. Cuenta con 50 artículos, cinco disposiciones generales y 10 disposiciones transitorias. Muchos son similares a la propuesta que ya fue archivada por la Asamblea.
Pese al buen ánimo del Gobierno, ya han empezado las voces disonantes. La crítica más fuerte es que es una legislación que busca gravar con más impuestos a los ciudadanos y a las empresas, sin que el gobierno ofrezca una real reducción del gasto público; y con eso mantendría el modelo económico de la revolución ciudadana. Del lado del gobierno, en cambio, esta es una propuesta que es fundamental para ayudar a los ciudadanos y organizar las finanzas. Y han repetido dos lemas propagandísticos: ‘Decididos a Crecer’ y ‘El gobierno piensa en las nuevas generaciones y no en las nuevas elecciones’.
El muñequeo político, en el Gobierno y la Asamblea, está al rojo vivo. Pero, ¿qué propuso el gobierno? A continuación usted tiene a su disposición una síntesis de la propuesta legal.
- Las personas que perciban ingresos mayores a USD 100 000 anuales, «solo podrán deducir de su Impuesto a la Renta los gastos por enfermedades catastróficas, huérfanas o raras».
- Las empresas que se vieron afectadas por las protestas sociales de principios de octubre, pagarán un 10% menos de Impuesto a la Renta. Este beneficio regirá para los sectores de la agroindustria, la agricultura y la ganadería de las provincias de Cotopaxi, Imbabura, Bolívar, Chimborazo, Tungurahua y Cañar.
- Creación de una contribución única y temporal, pagadera por las sociedades que hayan generado ingresos gravados, iguales o superiores, a un USD 1 000 000, en el ejercicio fiscal 2018, aplicable para los ejercicios fiscales 2020, 2021 y 2022. Con una tarifa progresiva de 0,10%, 0,15% y 0,20%.
- Régimen simplificado para emprendedores y microempresarios, que comprende el impuesto a la renta, el IVA y el ICE, para microempresas establecidas en el COPCI (1 a 9 trabajadores y USD 300 000 de ventas netas), con una tarifa fija del 2% sobre los ingresos brutos.
- Se incluyen dentro de los sectores considerados como priorizados a las inversiones en servicios de infraestructura hospitalaria, educativos, culturales y artísticos.
- Se limita la deducibilidad de intereses pagados en créditos externos.
- Se grava a los dividendos distribuidos a favor de sociedades extranjeras y personas naturales no residentes en el Ecuador.
- Se elimina la posibilidad de tomar como crédito tributario el impuesto pagado por la sociedad que distribuye los dividendos.
- Reformas al impuesto único al sector bananero: se simplifica el cálculo del impuesto tanto para productores como para exportadores.
- Creación del impuesto único a las actividades agropecuarias: con tarifa progresiva del 0 al 1,8% para productores y venta local, y del 1,3% al 2% para exportadores.
- Los contribuyentes, que paguen o acrediten en cuenta, ingresos gravados para su destinatario, deberán actuar como agentes de retención si son calificados por el SRI.
- Reformas al ISD: se elimina restricciones temporales aplicables a varias exenciones y se limitan exenciones cuando el pago se realice entre partes relacionadas.
- En el caso de dividendos, se exime de ISD a los pagos realizados a favor socios domiciliados en paraísos fiscales, que no tengan como beneficiarios efectivos a personas naturales residentes en Ecuador.
- Reformas en materia de IVA: se incluye entre los bienes gravados con tarifa 0% a flores, follajes y ramas cortadas; tractores de hasta 300 hp, incluyendo los utilizados en la actividad agropecuaria; tiras reactivas para medición de glucosa; a bombas de insulina; marcapasos; y, papel periódico, periódicos y revistas.
- Se grava la importación de servicios digitales, el suministro de dominios de páginas web, hosting y cloud computing.
- Reformas en materia de ICE: se grava a las fundas plásticas y a los consumibles de tabaco calentado y líquidos que contengan nicotina.
- Se incluye entre los bienes exentos a todo tipo de vehículos motorizados eléctricos; furgonetas de hasta 3.5 toneladas de capacidad; camionetas y vehículos de hasta USD 30 000, cuyo adquirente esté inscrito en programas de apoyo al transporte comunitario.
- Mecanismos de marcación: se prevé que el SRI cree tasas para el funcionamiento de mecanismos de identificación, marcación, trazabilidad y rastreo.
- Mecanismos de devolución automática de impuestos: se permite al SRI implementar estos sistemas para los impuestos que administra.
- Reformas al COPCI: se propone un procedimiento de devolución simplificada unificada de tributos al comercio exterior, con excepción del IVA.
- Se introducen normas interpretativas a la Ley Orgánica de las Personas Adultas y al COOTAD.
- Se mantiene la eliminación del anticipo del impuesto a la renta a los microempresarios.
- Se reducen los trámites tributarios a los emprendedores.
- A 9 000 personas se les condonará los intereses de los créditos educativos, que no pudieron cumplir.
- 30 000 familias afectadas por el terremoto de 2016 y que recibieron crédito para reconstruir sus casas, ya no tendrán que pagar esa deuda.
- Facilitación de procedimientos para dar de baja las obligaciones vehiculares pendientes de pago, derivadas de reajustes como avalúos y cilindraje.
- Reducción de ICE para fundas recicladas biodegradables.
- ICE sobre planes de telefonía móvil postpago de las personas naturales.