La actual rebaja de impuesto a la renta para personas naturales
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El impuesto a la renta tiene que observar las condiciones del contribuyente para gravar de forma directa el incremento patrimonial.

En Ecuador, el Impuesto a la Renta responde a la capacidad que tienen las sociedades y, en especial las personas naturales, para pagar de acuerdo con su capacidad económica. De ahí que, las personas que generan más renta tendrán mayor capacidad de pago y, por tanto, mayor carga impositiva. Es por ello, el impuesto a la renta tiene que observar las condiciones del contribuyente para gravar de forma directa el incremento patrimonial.
Conviene recordar que, debido a la publicación de la Ley de Desarrollo y Sostenibilidad Fiscal, del pasado noviembre de 2021, se eliminó la posibilidad de restar gastos personales de la base que sirve para el cálculo del impuesto a la renta. En su lugar, la reforma tributaria estableció una rebaja que debe ser aplicada luego de haber calculado el impuesto a la renta. Así, los gastos personales ya no son gastos deducibles sino un descuento del impuesto con ciertas particularidades que se explican a continuación.
En primer lugar, la rebaja se calcula partiendo de la sumatoria de los gastos de las personas naturales. Así, son gastos personales los imputables al pago de vivienda, educación, salud, vestimenta y turismo. Para el caso de los contribuyentes bajo relación de dependencia, dentro del mes de enero de cada año, se presenta al empleador una proyección de los gastos personales que consideren incurrirán en el ejercicio económico en curso, con esta proyección las empresas calcularán el impuesto a la renta y realizarán una retención mensualizada a sus trabajadores.
Ahora bien, la norma establece que el límite de gastos personales equivale a siete canastas básicas calculadas a diciembre de cada año. Para el impuesto a la renta de 2022, la rebaja de gastos personales será de hasta USD 5.327. Entonces, se advierte un cambio significativo en el límite máximo dado que la deducción de gastos personales permitía un monto de hasta USD. 14.000 aproximadamente, que es menos de la mitad del actual límite de la rebaja.
En segundo lugar, la novedosa reforma tributaria trajo consigo la obligatoriedad de descontar del impuesto a la renta únicamente un porcentaje del límite de gastos personales. Es decir, que una vez que se ha calculado el límite de gastos personales, se deberá analizar si al contribuyente le corresponde el 10% o el 20% de ese límite. El porcentaje se obtiene de acuerdo con los ingresos brutos que reciba un determinado contribuyente. Se aclara que los ingresos brutos corresponden a ingresos gravados y exentos. Entonces para los trabajadores, los ingresos brutos serán los sueldos, décimos, utilidades y todos los beneficios sociales.
Ahora bien, se subraya que, atendiendo al principio de capacidad contributiva, aquellos que generen más ingresos, tendrán un mayor valor a pagar por concepto de impuesto a la renta, pues, tendrán derecho a un descuento inferior. Así las cosas, si la renta bruta del año 2022 es menor a USD. 24.090,30, se aplica el 20% de descuento al impuesto causado, por el contrario, si la renta bruta es superior se aplicará el 10%. Nótese que existe mayor carga impositiva y menor descuento para el sujeto pasivo que genera más renta.
Finalmente, se concluye que esta reforma tributaria reemplazó a la deducibilidad de los gastos personales con una reducción de impuesto que no genera saldo a favor. En caso de que la rebaja sea superior al impuesto causado, no será susceptible de devolución. Se considera que la nueva fórmula de cálculo representa un desafío para las empresas que actúan como agente de retención toda vez que, el cálculo de la rebaja considera renta bruta. No obstante, para efectos de la retención mensualizada de impuesto a la renta, únicamente se deberá considerar los ingresos gravados. Tal importancia reviste la correcta asesoría que puedan tener las empresas para evitar incurrir en errores de buena fe, que pueda perjudicar a sus trabajadores.